{2}CARTA A LOS G\u00c1LATAS{/}

1. Pablo escribi\u00f3 a los G\u00e1latas entre los a\u00f1os 49/50 ([G\u00e1l_2,1]ss supone el concilio de Jerusal\u00e9n) y los 57/58, fecha de composici\u00f3n de Romanos, que sin duda es ampliaci\u00f3n de G\u00e1latas.
Galacia, situada en el Asia Menor, recibi\u00f3 su nombre de los galos, que en el s. III a.C., atravesando el mediod\u00eda de Europa, invadieron esa regi\u00f3n. El a\u00f1o 25, Augusto la convirti\u00f3 en provincia romana, comprendiendo esta la Galacia del sur, que abarcaba parte de Frigia, Panfilia, Pisidia y Licaonia. Se discute qui\u00e9nes fueron los destinatarios de la carta. La mayor\u00eda de los autores opinan que son los del norte, bas\u00e1ndose en el hecho de que el lenguaje corriente designaba g\u00e1latas a los habitantes del norte de Galacia, y en la afirmaci\u00f3n de que fueron evangelizados con ocasi\u00f3n de una enfermedad [G\u00e1l_4,13], dato que no menciona Lucas al describir con detalle su misi\u00f3n en la regi\u00f3n del sur. Fueron evangelizados en el segundo viaje misionero [G\u00e1l_4,13], y ulteriormente en el tercero [He_18,23].
2. La ocasi\u00f3n de la carta fue la predicaci\u00f3n de los judaizantes, que afirmaban la necesidad de la circuncisi\u00f3n en orden a la salvaci\u00f3n, frente a la ense\u00f1anza de Pablo de la justificaci\u00f3n por la fe sin las obras de la ley. El contexto, la afirmaci\u00f3n de la carta (cf [G\u00e1l_1,6]s [G\u00e1l_1,8]; [G\u00e1l_3,3] [G\u00e1l_3,22]; [G\u00e1l_5,6] [G\u00e1l_5,12]; [G\u00e1l_6,12] a [G\u00e1l_6,15]) y la indignaci\u00f3n con la que se expresa san Pablo revelan que lo que predicaban los judaizantes de Galacia no era simplemente la utilidad de la circuncisi\u00f3n, sino su necesidad para la salvaci\u00f3n.
Pero lo m\u00e1s grave eran los argumentos que los judaizantes aduc\u00edan en favor de sus doctrinas y en descr\u00e9dito de la autoridad de Pablo: dec\u00edan que \u00e9l no hab\u00eda visto al Se\u00f1or, ni hab\u00eda recibido de \u00e9l el evangelio como los dem\u00e1s ap\u00f3stoles. Afirmaban que, al declarar abolida la ley, se opon\u00eda a los designios de Dios, que la hab\u00eda dado a su pueblo escogido como condici\u00f3n de su alianza. Finalmente, pensaban que al declarar abolida la ley se abr\u00eda la puerta a todas las libertades.
3. Plan y contenido. A esa triple acusaci\u00f3n responden las tres partes de la carta: en la primera (cc. [G\u00e1l_1,1] a [G\u00e1l_2,1]) hace una defensa, de tipo apolog\u00e9tico-hist\u00f3rico, de su autoridad apost\u00f3lica y de la conformidad de su evangelio con el de los ap\u00f3stoles, que \u00e9l ha recibido, lo mismo que su autoridad, del mismo Cristo. En la segunda (cc. [G\u00e1l_3,1] a [G\u00e1l_4,1]), de \u00edndole doctrinal, expone que la justificaci\u00f3n no viene por las obras de la ley (cuya misi\u00f3n transitoria explica), sino por la fe en Jesucristo. En la tercera (cc. [G\u00e1l_5,1] a [G\u00e1l_6,1]), de car\u00e1cter exhortatorio, expone que a partir de Cristo ya no es la ley mosaica, sino la nueva ley de la caridad el m\u00f3vil de la conducta de los cristianos, el cual lejos de llevar al libertinaje conduce a la vida de un hombre nuevo en Cristo Jes\u00fas.

